lunes, 29 de junio de 2009

VIJES VALLE DEL CAUCA

Ecología

Para efectos del ordenamiento territorial, las Áreas de conservación y protección de los recursos naturales en la zona rural, y de conformidad con lo dispuesto en Ley 388 de 1997 y en el articulo 16 del decreto 879 de 1998 inciso cuatro, numeral 1 se encuentran identificados en el Plano No. 9, son:

a.30 metros desde la rivera izquierda del río Cauca a todo lo largo de la extensión del municipio de Vijes como zona de protección obligatoria en el corto plazo, (un año), con Uso de suelo de Forestal protector.

b. 90 metros para protección forestal y Agroforestería mediante los sistemas Transitorio: Taujía y Permanente: silvoagricola, Cercas vivas, Banco de proteínas, Banco de energéticos o huertos; a todo lo largo de la extensión del río Cauca en el Municipio de Vijes en el mediano plazo, (6 años) con Uso de suelo de Forestal protector.

c.30 metros en los trazados de los ríos Vijes, Carbonero, Romerito y Potrerito a todo lo largo de su curso con las restricciones y políticas señaladas en este Acuerdo en el corto plazo, (dos años). Los 30 metros se miden perpendiculares entre las márgenes de los ríos y la zona de la rivera con Uso de suelo de Forestal protector..

d.15 metros protegiendo el perímetro de la Madre Vieja Vidal en la zona nororiental de la traza urbana con Uso de suelo de Forestal protector..

e.100 metros perpendiculares al perímetro de las zonas urbanas de Vijes, (Cabecera principal), Caimital, Tambor, La Fresneda, El Porvenir y Romerito con Uso de suelo de Forestal protector - Productor y Agroforestería mediante los sistemas Transitorio: Taujía y Permanente: silvoagricola, Cercas vivas, Banco de proteínas, Banco de energéticos o huertos como reservas alimenticias.

f.1000 metros perpendiculares al perímetro de la cabecera principal del municipio, donde no se permiten las quemas agrícolas, (follaje y residuos de cosecha o similares de caña de azúcar, soya, sorgo, maíz, etc.).

g.80 metros perpendiculares a cada lado desde el eje de las vías de la Malla vial del Valle del Cauca, en el territorio municipal.

h.Una franja de 80 metros medidos perpendicularmente a los ejes de las vías principales donde no se permiten las quemas agrícolas, (follaje y residuos de cosecha o similares de caña de azúcar, soya, sorgo, maíz, etc.). Las vías contenidas en este literal son:

Carretera Vijes – Porvenir - Restrepo.
Carretera Vijes - Romerito.
Carretera Vijes – Miravalle – Ocache - Yumbo
Carretera Vijes – Vidal

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